Por: Carlos Santacruz - Director Tecnología Antac
El reconocimiento facial es un tema que cada día da más de que hablar y Colombia no es la excepción. En este artículo, queremos discutir los aspectos más importantes que son relevantes para cualquier empresa u organización que quiera implementar esta tecnología.
Principios Tecnológicos
Una video analítica de reconocimiento facial tiene los siguientes tres componentes fundamentales:
Detección
Alineación
Re-identificación
Detección
Al recibir la imagen del video, lo primero que hay que hacer es detectar las caras presentes. Para esto se utilizan un modelo de aprendizaje profundo (deep learning) que ha sido entrenado en millones de rostros. Idealmente, se quiere que en los datos de entrenamiento haya uniformidad en cuanto a razas, edades, y otros factores demográficos. Esto se hace para evitar sesgo o bias en el modelo de detección.
Alineación
Cada rostro detectado se recorta. Puede imaginar que se crea una subimagen por cada rostro detectado. Cada una de estas imágenes se pasa por un segundo modelo de red neuronal que se encarga de calcular landmarks o puntos característicos en el rostro. Estos puntos son por ejemplo el centro del ojo, lado derecho de la boca, punta de la nariz, parte inferior del ojo, entre otros. Los landmarks se utilizan para transfomar la imagen y alinear la cara. Esto es importante porque es común en una imagen real los rostros no están perfectamente frontales.
Re-identificación
Las imágenes con los rostros alineados se pasan a un tercer modelo de deep learning que se encarga de identificar o reidentificar las caras. Este tercer modelo calcula lo que se conoce como los embeddings del rostro. Los embeddings son un vector de números que es único para cada persona. Para cada rostro que hay en la imagen, se obtiene su vector de embeddings y se busca si ya existe uno muy similar en la base de datos. Si es así, es muy probable que la persona de la imagen corresponda a la de la base de datos y se genera un evento de reconocimiento facial. Al registrar una nueva persona en el sistema, se sube una foto, se calcula el vector de embeddings del rostro en la foto y se agrega este vector a la base de datos junto con un identificador de texto de la persona (nombre, apellido, alguna etiqueta).
Aplicaciones
Actualmente el reconocimiento facial se utiliza en:
Sistemas de control de acceso: Se utiliza el rostro de la persona para validar la identidad y en caso de ser un evento positivo se activa algún sistema o talanquera que permita la entrada de esta persona. Este caso es de los más sencillos técnicamente debido a que la persona posa para la cámara por lo que la imagen del rostro es clara.
Seguridad: Se utilizar para reconocer presuntos infractores o ladrones que puedan estar en una base de datos que en el lenguaje común se conoce como "lista negra". Este caso es un poco más complejo debido a que las personas no posan para la cámara y toca registrarlas en movimiento.
Inteligencia de Negocio: Se puede utilizar para reconocer clientes que dan su visto bueno para estar en la base de datos que es conocido como "lista blanca". Técnicamente es similar al caso de seguridad. También se puede utilizar para controlar la hora de entrada y salida del personal de una oficina.
¿ Una foto puede burlar un sistema de reconocimiento facial?
Esta pregunta nos la hacen bastante nuestros clientes y por eso decidimos incluirla en este primera entrada sobre reconocimiento facial. La respuesta es que depende del sistema.
Si es un sistema básico que sólo utiliza una cámara para captura de video entonces la respuesta es que sí puede ser burlado. Debido a esto, los sistemas robustos de reconocimiento facial deben tener dos cámaras para que puedan medir si el rostro en 3D de la persona y no ser burlados por una foto.
Legislación en Colombia
A pesar de ser una tecnología que cada vez se utiliza más por su éxito en seguridad, estar al tanto de la ley y regulación es muy importante. En general, cada país tiene leyes que regulan el uso de esta tecnología. Mientras hay países como China donde su uso es bastante común hay otras regiones como la Unión Europea donde su uso está bastante regulado.
Cada vez hay más regulación hacia el uso ético de tecnologías de inteligencia artificial y el respeto por la privacidad de las personas. En el caso del reconocimiento facial, es posible reconocer a las personas desde una imagen o video y asignarles una identidad, por eso es importante que existan parámetros y buenas prácticas para su correcto uso.
Por ejemplo, todos los sistemas de reconocimiento facial tienen asociado un error de detección. Cuando el sistema dice que una persona del video corresponde a una persona en la base de datos, esto tiene asociado un valor de confianza por lo que es posible queno sea la misma persona. Es por eso que es importante que toda detección sea validada y corroborada por una persona. El uso de elementos como tapabocas hace que los sistemas de reconocimiento facial puedan generar falsos eventos positivos con más frecuencia.
En Colombia se puede decir que el reconocimiento facial está en una zona gris desde el punto de vista regulatorio. En primer lugar, es importante que una empresa empleando esta tecnología tenga su política de tratamiento de datos actualizada y conforme con esto.
La Superintendencia de Industria y Comercio considera que el almacenamiento y recolección de datos biométricos requiere autorización de la persona debido a que es un dato personal. La Ley Estatutaria 1581 de 2012 regula el tratamiento de los datos sensibles, dentro de los cuales están los datos biométricos por lo que no se puede tratar datos sensibles de las personas a menos que se cuente una autorización por parte de esta. Según esto, en teoría, un almacén no podría usar reconocimiento facial en sus cámaras por lo que no cuentan con nuestra autorización. Sin embargo, el punto clave es que en la regulación colombiana no existe una definición clara de dato biométrico aplicado a este tipo de tecnología. Los datos biométricos son aquellos con los cuales yo puedo identificar a una persona. Por lo tanto, el reconocimiento facial con su vector de características si cabe dentro de este caso y es por eso que en otros países está altamente regulado. En Colombia, esta definición no es clara. Es necesario que la regulación incluya estas definiciones porque o si no se deja mucho campo hacia la interpretación. Por ejemplo, si hay una video analítica que detecta la pose de las personas, ¿esto también se consideraría dato biométrico? Claramente, este es un punto donde puede haber opiniones encontradas.
Reconocimiento facial en Antac
En Antac entendemos a profundidad la tecnología de reconocimiento facial y hemos desarrollado tecnología de este tipo para distintos casos de uso. Existen casos en los que se puede utilizar reconocimiento de características sin almacenar ningún dato personal en alguna base de datos. Si estás pensando implementar un sistema de reconocimiento puedes contactarnos y te daremos asesoría inicial sin ningún costo.
Nota: El contenido de este blog es de carácter informativo y no debe ser usado como consejo o asesoría legal. Siempre consulte con un profesional cualificado en estas áreas del derecho.
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